ESTAMPA DOMINICANA

21 de mayo de 2014

Platón y Schopenhauer para el abogado litigante

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Por Juan Carlos Bircann
Cratilo o de la exactitud de los nombres”, de Platón y la “Dialéctica Erística o el arte de tener razón”, de Schopenhauer, dos obras importantes para el abogado litigante. Las escuelas de derecho, por tradición, aparte del contenido sustantivo de cada disciplina (penal, civil, laboral, internacional...) se han enfocado básicamente en la enseñanza de la técnica jurídica, o sea, lo procesal, el procedimiento, pero no enseñan a pensar. En los últimos años se ha reforzado la litigación, aunque los resultados, a juzgar por lo que se ve en el estrado, no son
satisfactorios. Por lo visto, y por experiencia propia, uno aprende a litigar y a redactar instancias, recursos y memoriales de defensa en la práctica, con el paso del tiempo, a tropezones. Y en esta odisea resulta útil la formación individual, al margen del contenido formal (pensum) de los centros de educación superior. Además, claro está, la observación del ejercicio de los más viejos en la profesión (hay que tener sumo cuidado al elegir el modelo a fin de no terminar desacreditado). Hay dos textos, breves, que nada tienen que ver con Derecho, pero que resultan de suma utilidad en el día a día de los tribunales. El primero es “Cratilo”, uno de los diálogos de Platón y el segundo la “Dialéctica Erística o el arte de tener razón”, de Arthur Schopenhauer. El primero expone acerca de los nombres de las cosas. Hermógenes, Cratilo y Sócrates, que son los personajes en este diálogo, discuten, valiéndose del método dialéctico (o sea, contraponiendo ideas) acerca de los nombres de las cosas. Cratilo sostiene que el nombre se corresponde con la esencia de las cosas, que va unido a la naturaleza de éstas. Hermógenes, por el contrario, afirma que los nombres son meros convencionalismos del lenguaje. Sócrates, que interviene como si fuese un árbitro, concluye que es posible que los nombres surgieran como imitación de las cosas y que fuese evolucionando con el tiempo, cambiando de significado, sobre todo dependiendo del contexto en que es utilizado. El lector identifica con claridad el método dialéctico: tesis-antítesis y síntesis. En la obra de Schopenhauer se exponen 38 estratagemas. El autor recomienda que cuando se discuta sobre algo general, que no tiene un nombre propio, se elija el término que más favorezca. De esta manera una persona devota hablará del “clero”, mientas que un antirreligioso dirá “los curas”. Un luterano dirá de sí que profesa la fe “protestante”, mientras que otros lo llamarán “convertido” o “convertío” que suena más peyorativo. Así tenemos piadoso/mojigato. A lo que un fiscal llama “poner en custodia” un defensor denomina “encarcelar”. A los presos se les llama “internos”. Los menores de edad no cometen delitos sino “actos infraccionales”. Quien desea explotar en su favor un simple “error material” en una sentencia para instrumentar un recurso de apelación, hablará de “trastocar”, etc. Hay muchos ejemplos en la vida diaria, fuera del ámbito jurídico: paso en falso/metida de pata; expresión equívoca/obscenidad o difamación; desequilibrio económico/quiebra; tramitar-gestionar/tráfico de influencia-nepotismo-palanca. Trabajadora sexual/prostituta o “cuero”. Cuando se modificó el código de trabajo (1992) se habló de “salario de Navidad” (antes en el Código de 1951 “regalía pascual”, presentándolo como una liberalidad del empleador y no como un derecho del trabajador). Aunque no lo enseñen en la universidad ni las escuelas para jueces y fiscales hay que ejercitar el manejo del lenguaje, la retórica y las técnicas de litigación. No es secreto que la ortografía, a nivel general, es muy mala (a pesar de la corrección en programas para computadora). La mayoría no sabe redactar adecuadamente un recurso o lo hace sin coordinar las ideas. Luego se ponen bravos cuando se les dice que no conceptualizan. A un juzgador que dicta una sentencia condenatoria en base a un testimonio referencial, entre otras pruebas, no puede darse el lujo de motivar con una fórmula como “una testigo que si bien no vio...”, lo que puede dar lugar a confusión y servir de fundamento a un recurso, cuando puede llamar a dicha testigo como lo que es, lo que deriva de su propia esencia, según Cratilo: una testigo referencial. Reforzando con una Jurisprudencia de Principio de la Suprema Corte de Justicia que estableció que este testimonio es “lo declarado por alguien, bajo la fe del juramento, en relación a lo que esa persona supo mediante la información que le ha ofrecido un tercero con conocimiento de los hechos, o mediante su entendimiento personal relacionado con los antecedentes y estilo de vida del acusado del caso de que se trate, quedando la apreciación de la confiabilidad de cada testificación, a cargo de los jueces del fondo”. En el lenguaje y su estilo subyace siempre una sutil petitio principii. Lo que se quiere probar se introduce ya en la palabra. Toda la vida hemos hecho esto, pero de manera no consciente. Estas breves obras constituyen buenas herramientas para fortalecer el arte de la litigación. Sobre el diálogo platónico referido y la importancia del nombre, algunos recordarán los versos de Jorge Luís Borges (El Golem): Si (como el griego afirma en el Cratilo) el nombre es arquetipo de la cos,a en las letras de rosa está la rosa y todo el Nilo en la palabra Nilo. Y a propósito de “rosa” y “nombre” es imposible no recordar la gran novela de Umberto Eco, El Nombre de la Rosa, cuya frase final “stat rosa pristina nomine nomina nuda tenemus”, de la obra de Bernardo Morliacense (o Bernardo de Cluny), de contemptu mundi, nos lleva a lo planteado al principio. De aquellas cosas que desaparecen sólo nos queda el nombre.
El autor es procurador fiscal de la Corte de Apelación de Santiago

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